FNE Exige Información Comercial a los Bancos

Los bancos Bci, Bice, Scotiabank y Sudamericano, advirtieron que la posible salida a la luz pública de sus datos comerciales causaría un grave perjuicio a sus accionistas, por lo sensibles y estratégicos que son. La Fiscalía Nacional Económica, en tanto, se comprometió a guardar reserva.

Siguen bajo la lupa de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), las entidades bancarias que operan a nivel nacional.  En el marco del caso AFEX-Banco de Chile (ver recuadro), el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) pidió a la FNE –a mediados de abril– que elaborara un informe de la industria bancaria, en función de las casas de cambio de divisas, el cual debe entregar el próximo mes.
En ese marco, la FNE solicitó a todas las compañías del sector tres tipos de información comercial. Primero, sus ingresos netos de cada una de sus líneas de negocio en base anual, en miles de pesos chilenos y desde el 2002 a la fecha. Las entidades deberán, por ejemplo, distinguir en sus productos de cuenta corriente todo lo asociado a personas naturales y jurídicas, además de detallar sus operaciones de compra y venta de divisas.
Segundo, la banca deberá precisar a la FNE los movimientos de su plataforma electrónica, describiendo y caracterizando las principales operaciones que sus clientes “empresas” pueden efectuar a través de dicho mecanismo. Asimismo, el número o volumen de transacciones diarias que esta vía es capaz de soportar, y si existen restricciones o requisitos de montos promedios a transar.
Y tercero, las entidades financieras también tendrán que facilitar a la FNE lo referente a las sucursales físicas con que cuenta a lo largo del país,  dando un listado de cada uno de los puntos en el territorio nacional, por región, y en el extranjero, en caso de de tenerlas.

Rechazo

Ante la notificación de la FNE, los bancos Bci, Bice, Scotiabank y Sudamericano, rechazaron entregar todo ese detalle de información –mediante oposiciones individuales ante el TDLC–, argumentando que su salida a la luz pública podría causar un grave perjuicio a sus accionistas, por lo sensible y estratégica que es.
El Bci esgrimió que existen “otras fuentes públicas de información y medios especializados en Chile en donde consta abundante información respecto del negocio bancario”, donde podría buscar la FNE, la cual igualmente “estaría excediendo sus facultades”.
El Bice, por su parte, aseveró que “la solicitud es excesiva, en algunos casos la situación difiere entre los distintos clientes, y en otras definitivamente no está disponible, y cuesta relacionar parte de ella con la causa que se tramita”.
Mientras, los bancos advirtieron que, de conformidad al artículo 155 de la Ley General de Bancos, sólo están obligadas a conservar su información durante un plazo de seis años, por lo que no contarían con una base de datos desde el 2002.
En respuesta a los bancos, la FNE apuntó que la información que requirió es clave para el desarrollo de su investigación, y se comprometió a guardar reserva de los datos proporcionados. Luego, el TDLC no dio lugar a la oposición de las compañías financieras, por lo que deberán entregar lo solicitado.

Lo Que Viene

Una fuente conocedora del proceso afirmó que el hecho que la FNE haya pedido datos como los ingresos por cuenta corriente, revela que no sólo dará un contexto al caso AFEX-Banco de Chile, sino que además le será de utilidad en una eventual investigación al mercado bancario. De hecho, no descartó que a futuro presente un requerimiento ante el TDLC contra las instituciones financieras.
Cabe consignar que de acá al mes de julio resolverá si admite la solicitud de la Cámara de Diputados para iniciar una investigación de posible colusión en la banca, aparte de las siete medidas que presentó a la comisión de Hacienda con el fin de estimular la competencia en el sector.

AFEX-Banco de Chile

La casa de cambios AFEX denunció en septiembre de 2010 al Banco de Chile, por ciertas prácticas atentatorias contra la libre competencia, las que habría desplegado la entidad mediante conductas exclusorias, consistentes en el cierre “intempestivo, injustificado y unilateral” de las cuentas corrientes que mantenía en dicha institución y en la negativa de ésta a mantener vigente la relación contractual que la vinculaba con la demandante.

Fuente: Estrategia, 24 de mayo 2011